Los pendientes de la reforma indígena en México
Opinión • Yuteita Valeria Hoyos Ramos • 17 de octubre, 2024 • Read in English
Las personas indígenas hemos exigido por décadas el reconocimiento estatal de nuestros derechos, por lo que es sumamente relevante la reciente aprobación en México de la Reforma en materia de derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos. Esperábamos una reforma integral a quince artículos constitucionales que llevaba esperando para ser debatida alrededor de cinco años.
El contenido de la propuesta nació de los “foros” de consulta del año 2019 que se llevaron a cabo en todo el país y que convocaron a representantes comunitarios y autoridades locales para exponer la situación y contexto de los pueblos, para identificar las reformas necesarias al marco jurídico nacional.
La propuesta de reforma en materia de derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos, como fue planteada originalmente, proponía, entre otras cosas, el reconocimiento de los pueblos indígenas como sujetos de derechos, de los derechos de la tierra, territorio, recursos, biodiversidad y medio ambiente; de los sistemas normativos y la coordinación con el sistema jurídico nacional y el acceso efectivo a la jurisdicción del Estado; y la participación y representación de los pueblos indígenas en las instancias de decisión nacional y de las entidades federativas y municipales.
Sin embargo, la propuesta que el pasado 5 de marzo llegó al Congreso de la Unión por parte del Ejecutivo Federal sólo proponía modificar el artículo segundo de la Constitución, dejando de lado la reforma integral de la propuesta original.
En el mes de septiembre empezó el proceso de aprobar el paquete de reformas constitucionales llamado Plan C, impulsando modificaciones a diversas disposiciones de la Constitución y leyes secundarias. Entre las más controvertidas está la concerniente al Poder Judicial de la Federación, que implica un cambio medular en la forma de elección de jueces y, en consecuencia, de nuestra forma de mirar la impartición de justicia y la propia democracia. Esta se intersecciona con la Reforma en materia de derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos por la relevancia de la interpretación jurisprudencial de los derechos colectivos de los pueblos por parte de la Suprema Corte de Justicia.
En el texto final de reforma al artículo 2 publicado el 30 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, encontramos ambigüedades que quedaron plasmadas y que permiten la discrecionalidad del Estado en temas de consulta previa, libre, informada, culturalmente pertinente y de buena fe, despojando a los pueblos de la autonomía que tanto se anhela.
Además, da entrada a las empresas privadas en este derecho humano. “Cuando la medida administrativa que se pretenda adoptar beneficie a un particular, el costo de la consulta debe ser cubierto por éste”, dice la reforma. Es decir, si el beneficiado de un proyecto, megaproyecto o reforma va encaminado a una empresa o empresario (como generalmente es el caso) quien va a financiar dicho proceso será el particular, otorgándole poder a través de su intervención económica.
Hoy nos encontramos ante un contexto político dónde expresar una opinión, puede situarnos en una posición de vulnerabilidad a los ataques en redes sociales y en el espacio público, o la desacreditación pública incluso por parte de las propias autoridades del estado. Por ello recalco que mi opinión nace de mi experiencia como acompañante de procesos comunitarios, abogada postulante, defensora de derechos humanos en la Red Nacional de Abogadas Indígenas, y como mujer indígena comprometida éticamente con mi pueblo.
Debate público que abra el diálogo
La Reforma en materia de derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos fue recibida socialmente con gran beneplácito, incluso como uno de los mayores logros jurídicos para los pueblos originarios en los últimos años. Lo anterior principalmente por la narrativa del ejecutivo y del legislativo, que colocó como un avance indiscutible el reconocimiento de la figura de sujetos de derecho, medida ya ordenada en los convenios internacionales y que ahora se armoniza en la legislación interna; y que implica el reconocimiento jurídico de personas jurídicas, entidades con derechos y obligaciones en el sistema jurídico mexicano.
La reforma aprobada está llena de contrastes, genera disputas y sin duda, deja cuentas pendientes, ya que si bien puede ser una decisión legislativa, jurídica y políticamente necesaria, no es, ni por poco, suficiente. No abarca todo lo que la propuesta original proponía, y deja de lado las voces de cientos de personas, que acudimos a los foros del 2019 a expresar las necesidades y sentires de las comunidades.
Eso ha generado debates contrastantes, con claroscuros. Podemos alegrarnos de tener una ventana abierta para reclamar el acceso a la justicia, pero no podemos aplaudir a un congreso que pudo abrir la puerta completa y no lo hizo, a pesar de tener las condiciones operativas para hacerlo.
Problematizar este momento histórico abre la posibilidad de diálogo que combata la tendencia política del régimen estatal de contraponer posturas desde los absolutos: estás conmigo o en mi contra. Actualmente hay confrontación en las opiniones de liderazgos, académicos y activistas indígenas; que no siendo orientados a la propuesta o visión de crecimiento ideológico, académico o epistemológico, sólo divide, como ha pasado en otros temas de interés público. Por ello, la necesidad de cuestionarnos desde dónde, para qué, con quién y cómo debatimos. Cuestionarnos la importancia de la disidencia ideológica y la pluralidad de posturas políticas, y la urgencia de que este diálogo se transversalice en el llamado humanismo mexicano.
En un contexto de amplia aceptación de la narrativa estatal, puede considerarse políticamente incorrecto señalar que la propuesta de reforma se asume como una lucha acabada y como si todas las personas indígenas estuviéramos de acuerdo en lo que quedó plasmado en el decreto. Ser críticos nos hace correr el riesgo de ser señaladas y estigmatizadas como de “derecha” “aspiracionista” o “fifí”.
Una reforma que deja la puerta abierta al extractivismo
Con la reforma aprobada se sigue corriendo el gran riesgo de que siga el proyecto extractivista en los territorios indígenas. No se reconoce constitucionalmente la propiedad indígena y la protección a los territorios de forma amplia. Incluso se limita la participación indígena al cuidado de medio ambiente y recursos naturales, despojando a la tierra y territorio de su carácter social, espiritual y político.
La gran disputa por el territorio en México, que nace desde la colonia, continúa vigente. Si la constitución no protege el espacio básico de reproducción de la cultura y formas de vida de los pueblos y comunidades indígenas, se da entrada a que se siga permitiendo la opresión hacia los pueblos.
El derecho al territorio y a la consulta previa ya eran reconocidos en los convenios internacionales desde hace décadas, pero esto discrepa de la realidad, donde las artimañas administrativas y legales permiten la interpretación de la ley a favor de los intereses económicos.
El extractivismo del Estado y de las empresas privadas sigue generando violencia y despojo en los pueblos. Laceran la identidad y espiritualidad indígena al trastocar la organización comunitaria para ponerla a favor del modelo económico capitalista poniendo en riesgo la vida misma, faltando al respeto que merece el agua y la tierra como parte de la madre naturaleza.
Aún hay cuentas pendientes. El territorio es un tema complejo e inacabado, con deudas hacia los pueblos, el reconocimiento de la libre determinación como el derecho que protege otros derechos es sin duda uno de los debates que el Estado no ha querido dar públicamente. Ello implicaría develar el racismo impregnado en las estructuras del Estado a nivel judicial, administrativo y legislativo, y que se expresa en todas las acciones gubernamentales.
Personas de la academia y activas en la defensa de los derechos humanos de los pueblos y comunidades han manifestado que se siguen sin cumplir las peticiones que el Ejército Zapatista de Liberación Nacional plasmó en los Acuerdos de San Andrés Larrainzar, que incluían el respeto a los territorios y la autonomía.
Dentro de la libre determinación también encontramos otros pendientes, la necesidad de una coordinación de justicias (la del Estado y las comunitarias) que permita ejercer plenamente el derecho de acceso a la justicia con enfoque intercultural, antirracista y de género.